Si eres de los que dejan el coche encendido mientras hacen una gestión rápida, debes saber que esta práctica puede acarrearte una multa de al menos 80 euros. Así lo establece la actual ley, a la espera de la nueva reforma de la Ley de Tráfico, que podría entrar en vigor este septiembre de 2023 y que prohíbe mantener el motor del coche en marcha estando parados o aparcados. ¿Quieres saber más sobre la norma y las situaciones en las que te pueden multar? Sigue leyendo y te lo contamos todo.

¿POR QUÉ SE PROHÍBE TENER EL COCHE ENCENDIDO?

La principal razón por la que se prohíbe tener el coche encendido es por motivos medioambientales. Al dejar el motor en marcha, se emiten gases contaminantes a la atmósfera, lo que contribuye al calentamiento global y al deterioro de la calidad del aire. Además, se desperdicia combustible y se reduce la vida útil del vehículo. 

Según la DGT, un coche encendido consume entre 0,5 y 0,7 litros de combustible por hora, lo que supone un gasto innecesario y una emisión de entre 1,2 y 1,7 kilogramos de CO2 por hora. Si tenemos en cuenta que en España hay más de 30 millones de vehículos, el impacto ambiental es considerable. 

Por otro lado, tener el coche encendido también puede suponer un riesgo para la seguridad vial. Si el conductor se distrae o se baja del vehículo sin poner el freno de mano o sin bloquear las puertas, puede provocar un accidente o un robo. Además, si el coche está en una zona prohibida o en doble fila, puede obstaculizar el tráfico o dificultar el paso de los servicios de emergencia. 

¿EN QUÉ SITUACIONES TE PUEDEN MULTAR?

La norma establece que el conductor debe apagar el motor en los siguientes casos. De lo contrario, puede enfrentarse a una multa de al menos 80 euros, que no conlleva pérdida de puntos. La infracción se considera leve y se aplica tanto en vías urbanas como interurbanas. 

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LAS EXCEPCIONES

Sin embargo, hay algunas excepciones en las que no será necesario apagar el motor pese a estar parados. Estas son: 

  • Cuando se esté detenido por causas del tráfico, como un semáforo, un atasco o una retención (siempre que no sea dentro de un túnel o lugar cerrado). 
  • Cuando se esté prestando un servicio público o una asistencia sanitaria. 
  • Cuando se esté utilizando algún dispositivo que requiera energía eléctrica del vehículo, como una grúa o una plataforma elevadora. 
  • Cuando las condiciones meteorológicas sean extremas y sea necesario mantener la climatización del vehículo. 
  • Cuando se esté realizando una reparación o una prueba técnica del vehículo

En cualquier caso, se recomienda utilizar el sentido común y evitar dejar el coche encendido más tiempo del necesario. Así, ahorrarás dinero, cuidarás el medio ambiente y evitarás posibles sanciones. 

¿QUÉ OTRAS NORMAS DEBES CONOCER?

La reforma de la Ley de Tráfico traerá cambios que debes conocer y que afectan a aspectos como: 

  • La velocidad: se reduce el límite máximo a 30 km/h en las vías urbanas de un solo carril por sentido o sin sentido definido. En las vías urbanas de dos o más carriles por sentido, se mantiene el límite a 50 km/h. En las vías interurbanas con arcén inferior a 1,5 metros o sin arcén, se reduce el límite a 90 km/h para los turismos y motocicletas y a 80 km/h para los camiones y autobuses. 
  • El uso del móvil: se endurecen las multas por usar el teléfono móvil al volante. Se sanciona con 200 euros y 6 puntos la manipulación o la sujeción del móvil durante la conducción. También se prohíbe el uso de cualquier dispositivo de intercomunicación no integrado en el casco de los motoristas. 
  • Los sistemas de retención: se obliga a utilizar el cinturón de seguridad, el casco y los sistemas de retención infantil. Se sanciona con 200 euros y 4 puntos la no utilización o la utilización incorrecta de estos elementos. Además, se prohíbe que los menores de edad y los menores de estatura igual o inferior a 135 centímetros viajen en los asientos delanteros del vehículo, salvo que utilicen un dispositivo homologado adaptado a su talla y peso. 
  • Los patinetes eléctricos: se regulan los vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos. Se establece que deben circular por las vías urbanas, respetando las normas de circulación y las ordenanzas municipales. No podrán circular por las aceras, ni por las vías interurbanas, ni por las travesías. Tampoco podrán superar los 25 km/h de velocidad. No será necesario tener un permiso de conducir ni un seguro obligatorio, pero sí será obligatorio llevar un casco y una prenda reflectante. 

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CONCLUSIÓN

Como has visto, tener el coche encendido puede suponer una multa de al menos 80 euros si no cumples con las condiciones establecidas por la Ley de Tráfico. Por eso, te aconsejamos que apagues el motor siempre que tengas que abandonar tu vehículo, salvo que estés en alguna de las situaciones excepcionales que hemos mencionado. Así, contribuirás a mejorar el medio ambiente, aahorrar combustible y a evitar sanciones. 

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