«¿cuando puedo adelantar por la derecha con el coche?»

seguro que es una pregunta que en alguna ocasión te habrás hecho. O quizás te hayan multado alguna vez por realizar esta maniobra. Lo cierto es que solo exiten 3 excepciones en las que si puedes hacerlo y te lo expliamos para que lo tengas bien claro y evitar así que tengas una desagradable sopresa.

ADELANTAR POR LA DERECHA POR LA AUTOPISTA O CIRCULAR INDEVIDAMENTE: sanción económica y puntos

  • Los conductores acostumbrados a ponerse al volante a diario posiblemente hayan reparado en la gran cantidad de irregularidades que se cometen en las carreteras de nuestro país. Aunque no sea una de las más frecuentes, sí que puede entrañar un cierto peligro, por ejemplo, adelantar por la derecha en una autopista.

Es una maniobra prohibida y que se puede saldar con una multa económica de 200 euros y 4 puntos.

  • Con más frecuencia de lo debido nos encontramos con automóviles que circulan de manera contínua por el carril central o de la izquierda, mientras que el derecho permanece
    totalmente vacío.Este tipo de actitudes se conoce como ‘síndrome del carril izquierdo’. Es un comportamiento poco ético, ya que en muchas ocasiones lo que se consigue es generar un tapón y entorpecer el correcto funcionamiento del tráfico en estas vías rápidas, además de incrementar el riesgo de percance.

Un comportamiento que puede suponer una multa de 200 euros, pero no conlleva retirada de puntos.

LAS 3 EXCEPCIONES QUE PERMITEN ADELANTAR POR LA DERECHA

En el Reglamento General de Circulación, en los artículos 82 y artículo 83, se hace mención a las distintas excepciones que permiten efectuar el adelantamiento por la derecha.

1.cuando el coche que se va a superar tiene previsto dirigirse a la izquierda y hay espacio suficiente para ello.

Esta es la primera excepción en la que si se puede adelantar por la derecha y se explica que:

la maniobra “se efectuará por la derecha y adoptando las máximas precauciones” cuando el automóvil al que tenemos previsto adelantar
muestra claramente con indicaciones su intención de “cambiar de dirección a la izquierda o parar en ese lado”.

    2. cuando se circula por ciudad o poblado

    En aquellas calzadas que dispongan de cómo mínimo un par de carriles reservados a la circulación en el mismo sentido de la marcha, y que además se encuentren separados por marcas longitudinales, la posibilidad de rebasar por la derecha también está permitida. Para ello es preciso que el conductor compruebe con antelación que puede efectuar la maniobra sin
    que genere un peligro al resto de automovilistas.

    Post relacionado!

    MULTAS DE TRÁFICO EN ESPAÑA: LAS MÁS FRECUENTES Y SUS SANCIONES

    3. En los atascos, cuando circulamos por el lado derecho.

    En el caso de que la densidad del tráfico sea tal que los coches ocupen todo el ancho de la calzada y únicamente puedan conducir a una velocidad dependiendo de los vehículos que le preceden.

    El hecho de que uno de los dos carriles permita la circulación más fluida que en el otro no tendrá la consideración de adelantamiento y si de rebasamiento. Eso sí, es preciso que ningún conductor efectúe cambios de carril con el propósito de adelantar excepto si tiene
    previsto salir de la calzada, girar a la izquierda o derecha o tomar una dirección concreta.

    SI LLEVAMOS DELANTE UN VEHÍCULO CIRCULANDO Y ENTORPECE LA CIRCULACIÓN

    En el caso de que únicamente haya dos carriles y nos encontremos por la izquierda con un vehículo que no se aparte y que frene nuestras intenciones de adelantar, lo adecuado es avisarle una vez con las luces o el claxon.

    Existe la posibilidad de que se trate de un simple despiste y de esta manera podremos advertirle. Eso sí, hay que tratar de mantener una distancia prudencial, sin necesidad de pegarse al coche
    que nos precede, ya que en caso de frenazo podríamos colisionar. Si su actitud persiste, lo conveniente sería ponerlo en conocimiento de la Guardia Civil y si es posible que alguno de
    nuestros acompañantes lo grabe en vídeo para formalizar la pertinente denuncia.

    Post relacionado!

    LAS 9 MEJORES APPS DE DETECCIÓN DE RADARES PARA LA DGT EN ESPAÑA 

    CONCLUSIÓN

    Aquí te hemos dejado las 3 excepciones en las que puedes realizar un adelantamiento por la derecha. Fuera de estas 3 excepciones, hacerlo podría acarrearte una sanción de 200 euros y la perdida de 4 puntos. Esperamos que hayas tomado nota y así evitar no solo la multa, si no el peligro que conlleva realizar este tipo de maniobras.

    Si quieres saber más sobre el mundo de la automoción, no olvides seguirnos en nuestras redes sociales:TikTok,Instagram,Facebook yYouTube). Y si te ha gustado este artículo, compártelo con tus amigos y déjanos tus comentarios. ¡Hasta la próxima!